En 30 segundos
- Es obligatorio para vender o alquilar a un nuevo inquilino, en toda España, y para los edificios nuevos.
- La etiqueta con la letra tiene que salir en cualquier anuncio de venta o alquiler.
- Dura 10 años. Si la letra es G, dura como máximo 5 años.
- Lo firma un técnico competente después de visitar el inmueble, y se inscribe en el registro de tu comunidad (en Cataluña, el del ICAEN).
- Una cubierta nueva con aislamiento es una de las mejoras que más pueden subir la letra.
¿Qué es el certificado energético?
Es un documento que califica el inmueble con una letra, de la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente). La letra sale del consumo de energía y de las emisiones de CO₂ que se calculan para calefacción, refrigeración, agua caliente y, en locales, iluminación.
Además de la letra, el certificado incluye recomendaciones de mejora: qué obras subirían la calificación y en cuánto tiempo se recupera lo invertido. Solo se omiten si no hay un margen razonable de mejora.
¿Cuándo es obligatorio?
El artículo 3 del Real Decreto 390/2021 lo exige en estos casos:
- Edificios nuevos.
- Edificios o partes de edificios que se venden o se alquilan a un nuevo inquilino, como un piso, una casa o un local.
- Edificios de la Administración de más de 250 m² de superficie útil que frecuenta el público.
- Reformas importantes: cuando se cambia la instalación térmica, se interviene en más del 25 % de la envolvente o se amplía más de un 10 % (si son más de 50 m²).
- Edificios de más de 500 m² de uso administrativo, sanitario, comercial, residencial público, docente, cultural, recreativo, de restauración, de transporte, deportivo o religioso.
- Edificios que deben pasar una inspección técnica obligatoria, como la ITE.
¿Qué inmuebles no lo necesitan?
El mismo artículo deja fuera algunos casos concretos. Si tu inmueble no está en esta lista, cuenta con que lo vas a necesitar al vender o alquilar:
- Edificios protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico, o por estar en un entorno declarado, en las condiciones que fija la norma.
- Construcciones provisionales que se usarán dos años o menos.
- Edificios industriales, de defensa y agrícolas que no son viviendas, en la parte con poca demanda de energía.
- Edificios independientes de menos de 50 m² útiles.
- Edificios que se compran para demolerlos, con una declaración responsable ante la comunidad autónoma.
¿Cuánto dura, dónde se registra y dónde se enseña?
El certificado dura 10 años como máximo. Si la calificación es G, la validez máxima es de 5 años. Si haces obras que mejoran la eficiencia, puedes renovarlo antes para que refleje la nueva letra.
Para que sirva, hay que inscribirlo en el registro de tu comunidad autónoma. En Cataluña lo gestiona el Institut Català d'Energia (ICAEN), que después publica la etiqueta en su buscador de certificados.
La etiqueta tiene que aparecer en cualquier anuncio de venta o alquiler: portales, escaparates de inmobiliaria o catálogos. Al vender, se adjunta una copia del certificado al contrato. Al alquilar, se entrega la etiqueta al inquilino.
En Cataluña no basta con este documento: Desde el 3 de octubre de 2026, en Cataluña necesitas un certificado de amianto para vender o alquilar una vivienda. Te lo explicamos en la página del certificado de amianto.
¿Quién lo firma y qué mira en la visita?
Lo firma un técnico competente: arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero con la formación adecuada. La norma le obliga a hacer al menos una visita al inmueble en los tres meses anteriores a firmar.
En la visita mide la vivienda y revisa la orientación, las ventanas, el aislamiento de paredes y cubierta, la calefacción, el aire acondicionado y el agua caliente. Hace fotos y, con todo eso, calcula la letra con un programa reconocido.
No tienes que preparar nada especial. Basta con dar acceso a todas las estancias y, si los tienes, los datos de la caldera o del aire acondicionado.
¿Cómo puedo mejorar la letra?
Las mejoras que más suelen subir la calificación son las que reducen las pérdidas de calor: aislar la cubierta, cambiar las ventanas y renovar la calefacción o el agua caliente por equipos más eficientes.
Si tu tejado es de uralita, el cambio es una buena ocasión: una cubierta de panel sándwich aísla mucho más que el fibrocemento. Te lo contamos en cambiar el tejado de uralita. No se pueden instalar placas sobre uralita: cambiamos la cubierta y montamos las placas sobre la nueva, en un solo proyecto.
Si la obra reduce el consumo, puede darte derecho a la deducción en el IRPF por eficiencia energética del Real Decreto-ley 7/2026. Para eso necesitas un certificado energético antes de la obra y otro después. Más opciones en las ayudas por comunidad autónoma.
¿Qué pasa si vendo o alquilo sin certificado?
El Real Decreto 390/2021 remite al régimen de sanciones de la ley estatal de suelo y rehabilitación urbana y, cuando afecta a consumidores, al de la ley de consumidores. No anunciar la etiqueta o no entregar el certificado puede ser una infracción.
En la práctica, lo normal es que la inmobiliaria, la notaría o el futuro inquilino te lo pidan antes de firmar. Lo más sencillo es tenerlo listo antes de publicar el anuncio.
¿Cuánto cuesta con nosotros?
El precio depende de los metros del inmueble, con IVA incluido y el registro en tu comunidad incluido. Con tu dirección sacamos los metros del Catastro y el precio queda cerrado. Visita del técnico en 48 h* y certificado firmado 4 h* después de la visita (*en horario laboral, según la disponibilidad de técnicos y el acceso al inmueble).
Si vendes o alquilas, el plan «Todo para vender o alquilar» junta el certificado de amianto, el energético y la cédula de habitabilidad si tu comunidad la pide, en una sola visita, desde 279 € IVA incl. Pide el tuyo en el presupuesto.
| Superficie | Precio |
|---|---|
| Hasta 90 m² | 89 € IVA incl. |
| De 91 a 150 m² | 109 € IVA incl. |
| De 151 a 250 m² | 129 € IVA incl. |
| Más de 250 m² | 159 € IVA incl. |
Fuentes oficiales
- BOE · Real Decreto 390/2021, procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE-A-2021-9176)
- Institut Català d'Energia · Registre de certificats d'eficiència energètica
- Institut Català d'Energia · Tràmits de la certificació
- Agencia Tributaria · Novedades del Real Decreto-ley 7/2026 (deducciones por eficiencia energética)
. Guía informativa: no sustituye el asesoramiento jurídico ni la visita de un técnico. La revisamos cuando cambia la normativa.
¿Necesitas el certificado energético?
Escribe tu dirección: con los metros del Catastro te damos el precio cerrado al momento.
¿Prefieres hablar con una persona? WhatsApp Llamar936 94 29 40